Nota de presentación
Este segundo artículo retoma el conflicto médico paraguayo donde el primero lo dejó: habiendo establecido que la dignidad, el presupuesto y el factor humano son planos distintos que no deben confundirse, esta entrega pregunta qué hace, en concreto, que la remuneración de un servidor público sea digna y qué la hace justa —y por qué esa pregunta no puede responderse gremio por gremio, sino que exige mirar el cuerpo social entero.
El texto parte de una corrección necesaria: frente a la declaración de que «ser médico es un apostolado», distingue el servicio evangélico —un llamado de origen trascendente, sin condición de reciprocidad material— del servicio civil, que sí implica dos obligaciones morales recíprocas: no abandonar a quien depende de uno, y sostener con dignidad a quien sirve. Ninguna de las dos puede invocarse para cancelar la otra.
Sobre esa base, desarrolla tres criterios que rara vez se articulan juntos: la dignidad salarial de un servicio que no exige a quien lo presta sostenerlo de su propio bolsillo; la justicia salarial como proporción verificable, apoyada en una distinción necesaria —la salud misma no tiene precio, pero sostenerla sí tiene un costo real, y quienes no dudan en asumir ese costo para sí mismos deberían reconocer la misma responsabilidad frente al sistema que sostiene la salud de todos—; y el salario ético, que interpela a quienes tienen el poder de fijar su propia remuneración o la de su entorno. Sobre este último se apoya una distinción central: el cargo público es un privilegio de servicio que se corrompe en privilegio de apropiación cuando se usa para beneficio propio o del entorno —el nepotismo es su forma más clara, y desnuda cualquier argumento de «no hay plata».
El artículo cierra en el Bien Común, que exige simultáneamente cuatro condiciones —un umbral de dignidad, una proporción de justicia pareja entre sectores, transparencia en quienes fijan su propia remuneración, y mérito como puerta de entrada a cualquier cargo— y propone que «Paraguay Sano» se entienda en ese sentido más amplio: como indicador de la salud institucional de un país entero, no solo del sistema sanitario.
Encarnación, 1 de septiembre de 2026
Francisco Javier Pistilli Scorzara
Paraguay Sano: el servicio, el salario y la salud del cuerpo social
Segunda parte: servicio, dignidad y justicia salarial en el Paraguay que queremos
El artículo anterior discutió el conflicto médico en sus propios términos: dignidad, presupuesto y factor humano, aplicados a un gremio. Pero la pregunta que ese conflicto dejó abierta es más amplia, y merece tratarse con el mismo rigor: ¿qué hace que la remuneración de un servidor público sea digna, y qué la hace justa? Y sobre todo: ¿por qué esa pregunta no puede responderse gremio por gremio, sino que exige mirar el cuerpo social entero?
«Paraguay Sano» nombró, en el programa de gobierno, uno de sus pilares sanitarios. Pero hay un sentido más amplio y más exigente de esa expresión: un país sano no es solo uno con hospitales que funcionan, sino uno donde cada servidor —médico, docente, legislador, funcionario— recibe lo que le corresponde por su servicio, y presta ese servicio en condiciones que no lo obligan a subsidiarlo con su propia dignidad.
El Buen Pastor y el asalariado: el orden correcto, no la ausencia de salario
El presidente del Congreso, ante las renuncias masivas de médicos, declaró que «ser médico es un apostolado» y que, por eso, no se puede abandonar a un paciente. La imagen no está mal elegida en su origen, pero conviene entenderla en su sentido completo. El Evangelio de Juan (10, 11-13) distingue al Buen Pastor del asalariado no porque el pastor no deba recibir sustento, sino porque su entrega no depende de un cálculo: «El buen pastor da su vida por las ovejas. El asalariado, que no es pastor […] ve venir al lobo, abandona las ovejas y huye […] porque es asalariado y no le importan las ovejas.» La distinción no está entre quien cobra y quien no cobra —está entre quien sirve por amor a quien depende de él y quien sirve solo mientras el cálculo lo beneficia.
Ese es el núcleo correcto de lo que «apostolado» señala aplicado al servicio público: el compromiso ético va primero. Quien ocupa un cargo de servicio no puede huir en el momento en que su presencia es más necesaria, calculando solo su propio interés —ni el médico ante el paciente, ni el legislador ante su función, ni el docente ante el aula.
Pero el pasaje no dice, en ningún momento, que el pastor deba trabajar sin sustento, ni que su entrega justifique que se lo mantenga en condiciones indignas. La primacía ética no cancela la reciprocidad material —la funda. Precisamente porque el pastor no huye, es a quien más le corresponde un sustento digno, no menos. Invocar el ejemplo del Buen Pastor para pedirle al médico que no renuncie, sin asumir a la vez el deber de sostenerlo con dignidad, invierte el sentido del pasaje: retiene la exigencia y silencia la reciprocidad. Esa misma exigencia de entrega debería aplicarse, con igual severidad, a cualquier cargo que también implique una responsabilidad de conducción del bien común.
Con todo, conviene precisar los términos con el rigor que merecen. En sentido propio, apostolado designa un servicio evangélico y eclesial: la misión que Cristo confía a los Doce, y a través de ellos a la Iglesia, para la salvación de las almas —un llamado de origen trascendente, no una función civil. Aplicado al servicio público, el término correcto no es apostolado, sino servicio. Ambos comparten la misma estructura moral que citamos del Buen Pastor —el compromiso ético antes que el cálculo—, pero no son la misma categoría, y no conviene confundirlas: llamar «apostolado» al ejercicio de una profesión civil, por noble que sea, presta a esa exigencia un prestigio moral que no le corresponde por su propia naturaleza, y termina usándose —como en este caso— para reclamar una entrega que a la vocación eclesial sí se le puede pedir en esos términos, pero al servicio público se le debe pedir, con la misma seriedad, en los suyos: sirviendo sin abandonar en el acto a quien depende de él, sí, pero con el derecho pleno a una retribución digna y justa que la Iglesia jamás le exigió resignar a sus propios apóstoles.
Salario digno: el umbral que ningún servicio puede violar
La dignidad salarial no es una escala, es un umbral. Un salario es digno cuando permite vivir sin indignidad, sin que la persona deba subsidiar con su propio bolsillo el ejercicio del servicio que presta al Estado. El médico que compra sus propias jeringas porque el Ministerio las provee mal, o no las provee, no está viviendo una vocación heroica: está sosteniendo, con su salario y su bolsillo, una falla que no le corresponde. Ese umbral no distingue entre profesiones. Un docente sin materiales básicos, un funcionario sin herramientas mínimas para cumplir su función, atraviesan la misma indignidad estructural —con menor visibilidad pública que la de un hospital, pero con la misma naturaleza.
Salario justo: proporción, transparencia y reciprocidad
La justicia salarial, en cambio, es comparativa: mide si la retribución guarda relación razonable con la formación, el riesgo y la responsabilidad de quien sirve, y si esa relación se sostiene en el tiempo sin erosionarse por omisión. Un salario congelado catorce años no es un problema de monto: es un problema de justicia diferida, porque el Estado decidió, por inacción, no cumplir su parte del vínculo recíproco. Y la justicia exige, además, que el criterio se aplique parejo: si el poder adquisitivo perdido desde 2012 es la vara para el reclamo médico, esa misma vara alcanza, en medida comparable, a los docentes. Tratarlos distinto no por la sustancia del reclamo sino por la fuerza de la protesta es ceder ante quien más presiona, no ante quien tiene más razón.
La justicia salarial exige, también, que quienes tienen el poder de fijar su propia remuneración —legisladores, autoridades del Ejecutivo— se sometan al mismo estándar de proporcionalidad y transparencia que exigen a los demás. Un sistema donde unos fijan su propio salario por autodeterminación, mientras a otros se les dice «no hay plata», no es un problema de cifras: es un problema de legitimidad del criterio con que se reparte lo común.
La salud, bien invaluable: el costo real de sostenerla
Hay una pregunta que rara vez se hace con la seriedad que merece, y que conviene formular con precisión, porque un error de planteo puede llevar a una conclusión moralmente inaceptable: ¿cuánto vale la atención sanitaria? La salud misma no tiene precio —es un don que nace de la dignidad de la vida, y tratarla como mercancía sería, en sí mismo, una forma de injusticia—. Pero sostener esa salud sí tiene un costo real: recursos, insumos, y la retribución justa de quienes la ejercen. Ese costo no es opcional ni puede diluirse en la gratuidad del don que sostiene —alguien debe asumirlo, y la pregunta de justicia salarial es, en el fondo, sobre quién lo asume y en qué medida.
Aquí aparece una contradicción que ningún argumento presupuestario puede desmentir: hay servidores públicos y personas con alto poder adquisitivo que, cuando su propia salud está en juego, no dudan en costear sumas altísimas para asegurarse la mejor atención —viajando al exterior, o accediendo a un sistema privado fuera del alcance de la mayoría—. Esa conducta no revela cuánto “vale” la salud —eso no se mide—; revela algo distinto y más incómodo: que el costo de una atención de calidad se reconoce y se asume sin objeción cuando se trata de uno mismo, mientras se le niega ese mismo reconocimiento al sistema que debería sostener esa misma calidad para el resto de la sociedad. Es una asimetría de responsabilidad, no de precio.
El efecto de esa asimetría es el que debería alarmarnos: cuando el Estado no asume el costo de sostener la salud pública con la misma seriedad con que un particular asume el costo de sostener la suya, el resultado —sin que nadie lo proclame como principio— es que la salud de calidad termina siendo accesible solo a quien puede pagarla. Es decir: se produce, de hecho, la misma mercantilización de la salud que la premisa inicial rechazaba en principio. Un salario justo para el personal de salud no es, entonces, el reflejo de cuánto “vale” la salud —pregunta mal planteada—, sino la contrapartida necesaria para que el Estado asuma, con la misma seriedad que un particular asume la suya, el costo de que la salud siga siendo un derecho de todos y no el privilegio de quien puede costearla aparte.
El cargo público como privilegio de servicio, no de apropiación
Ocupar un cargo público es un privilegio, en el sentido más estricto de la palabra: alguien fue privilegiado, distinguido por la autoridad o por el pueblo, para ejercer una responsabilidad más alta que la ordinaria. Pero ese privilegio tiene una sola dirección legítima: hacia el servicio de quienes dependen de esa función. Se corrompe en el momento en que se convierte en privilegio para sí mismo o para el propio entorno —cuando el cargo deja de ser un encargo de servicio y pasa a ser un patrimonio personal, repartido entre allegados sin mérito ni necesidad real del puesto.
Esta misma lógica reaparece en el nepotismo: el problema no es solo que esas contrataciones desvíen recursos que podrían dignificar a otros servidores; es que traicionan el sentido mismo del privilegio recibido —lo vacían de su carácter de servicio y lo convierten en apropiación. Si alguien hiciera esto, no podría, con coherencia, exigirle al médico o al docente una entrega tipo Buen Pastor, mientras ejerciera su cargo como el asalariado del pasaje: cuidando primero de sí y de los suyos, no de las ovejas que le fueron confiadas.
Todo esto conduce a una tercera categoría, distinta de la dignidad y la justicia salarial, aunque las presupone: el salario ético. No pregunta si el monto alcanza para vivir con decoro —eso es la dignidad—, ni si guarda proporción con el aporte de otros —eso es la justicia—. Pregunta algo más simple y más incómodo: ¿es éticamente correcto que yo reciba, o me asigne, este monto, en esta circunstancia? Es la pregunta que cualquier servidor público con poder de decisión debería hacerse antes de fijar su propia remuneración mientras le dice a otro que no hay presupuesto para el suyo; la que debería hacerse antes de nombrar a un familiar en un cargo que no necesita, mientras el sistema que dirige carece de insumos básicos.
El salario ético no se mide contra una tabla ni contra el mercado: se mide contra la coherencia entre lo que uno exige de los demás y lo que se permite a sí mismo. Un privilegio de servicio —el que legítimamente corresponde a quien asume una responsabilidad más alta— se convierte en privilegio de apropiación exactamente en el momento en que esa coherencia se rompe: cuando quien decide sobre el salario ajeno no aplica el mismo criterio de austeridad, de mérito o de necesidad real al propio. No es una cuestión de cuánto se cobra, sino de si uno estaría dispuesto a que el mismo criterio con que fija su propia remuneración —o la de su entorno— se aplicara, sin excepción, a quien hoy le reclama.
La fuga que desmiente el «no hay plata»
Hay un punto donde la injusticia no es de proporción, sino de origen: cargos públicos ocupados por criterios de parentesco o cercanía política, no de mérito ni de necesidad real del servicio —la apropiación del privilegio que ya describimos, hecha práctica administrativa. El nepotismo no es solo ineficiencia: es una forma de corrupción que lesiona el Bien Común, porque una parte de los recursos que se declaran «no disponibles» para dignificar el servicio de otros ya están comprometidos con contrataciones que no responden a ninguna necesidad real.
El Bien Común como el lugar donde todo esto se encuentra
Ningún sector se dignifica aislado. El Bien Común no se construye satisfaciendo la dignidad de un gremio mientras se ignora la de otro, ni exigiendo justicia proporcional a unos mientras otros fijan su propia retribución sin parámetro externo, ni tolerando que el mérito ceda ante el vínculo personal en la contratación pública. Se construye cuando la sociedad entera reconoce que todo servicio público comparte el mismo doble deber: quien sirve no puede abandonar a quien depende de él en el acto —como el Buen Pastor—, pero el Estado, en nombre de todos, tampoco puede abandonar, con la misma gravedad moral, a quien sirve.
Un sistema de servicio público solo es fiel al Bien Común cuando garantiza, a la vez, cuatro condiciones: un umbral de dignidad que ningún servicio exija sostener, a quien lo presta, con su propio bolsillo; una proporción de justicia aplicada con el mismo criterio a todos los sectores; transparencia y autolimitación en quienes fijan su propia remuneración; y mérito, no vínculo personal, como puerta de entrada a cualquier cargo público —el privilegio del servicio, nunca el privilegio de la apropiación.
Bajo ese criterio, «Paraguay Sano» deja de ser el nombre de un pilar sanitario y se convierte en lo que debería haber sido desde el principio: el indicador de la salud institucional de un país entero. Servidores que cumplen su servicio, y salarios que son a la vez dignos y justos, hablan de ese país sano que queremos —no como consigna de campaña, sino como estructura moral verificable en cada sector, cada institución, cada vínculo entre quien sirve y quien, en nombre de todos, tiene el deber de sostenerlo.
Queda, sin embargo, una tensión que este artículo no resuelve y que merece su propio espacio: el derecho individual a renunciar, que aquí defendimos frente a quienes lo cuestionan en nombre de una entrega vocacional mal entendida, no agota la pregunta cuando se ejerce de forma simultánea por cientos de profesionales a la vez. Las renuncias masivas que atraviesa hoy el sistema de salud paraguayo plantean un dilema ético y social distinto del que tratamos aquí: qué ocurre cuando un derecho legítimo, ejercido en conjunto, produce un costo real sobre terceros —los pacientes— que no participaron de esa decisión, y qué responsabilidad moral recae sobre cada parte del conflicto por ese costo. Es un tema que excede el alcance de esta reflexión y que abordaremos en una tercera entrega.
Encarnación, 1 de septiembre de 2026
Francisco Javier Pistilli Scorzara

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